¿Puedo ser despedido a través de WhatsApp? No. Puedes recibir un mensaje a través de esta aplicación en el que se te informe del despido, pero ese despido no tiene una validez legal ya que para que pueda considerarse válido ha de comunicarse por escrito y de manera fehaciente tal y como exige el Estatuto de los Trabajadores y ha recordado recientemente Legálitas.
La tecnología y las redes sociales han cambiado nuestras relaciones sociales y, en gran medida, también las laborales. No es descabellado pensar que los empresarios puedan echar un vistazo de vez en cuando a los perfiles sociales de sus empleados y de sobra son conocidos los casos en los que comentarios o publicaciones desafortunadas sobre la empresa han costado más de un puesto de trabajo.
Sin embargo, por el momento hay ciertos límites que la tecnología de momento no puede sobrepasar. Es el caso del tema de los despidos a través de este tipo de plataformas.
«Para que un despido pueda prosperar en su causa y ser procedente debe ser comunicado por escrito, en la carta que se debe entregar al trabajador deben figurar los hechos que motivan el despido y la fecha de efectos. El empresario debe comunicar a los representantes de los trabajadores, si los hubiere, el despido realizado».
En estos casos la inmediatez de WhatsApp no servirá de nada. Podrán comunicarle a través de esta vía que la empresa en la que trabaja no cuenta más con usted, pero si no recibe la correspondiente carta de despido en la que se detallan los hechos que motivan la decisión y la fecha de efecto del despido, carecerá de validez legal.
Además, tal y como recuerda Legálitas, el despido puede ser reclamado en un plazo de tiempo concreto -20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido-.